Dirigentes condenados a prisión por disturbios y motín, pasaron a la clandestinidad y anuncian apelación.

Tía María

Como un baldazo de agua fría cayó en el Valle de Tambo la noticia de condenas de cárcel efectiva para tres dirigentes de las protestas contra Tía María. Aunque la condena mayor es para el exdirigente principal, Pepe Julio Gutiérrez, la preocupación se centra en los dirigentes Jesús Cornejo Reynoso, presidente de la Junta de Usuarios del Valle de Tambo; y Jaime de la Cruz Centeno, exalcalde de Deán Valdivia. Ellos fueron condenados a más de 7 y 12 años de cárcel, respectivamente, «por el hecho de ser dirigentes … lo que quieren es amedrentar a cualquiera que continúe nuestra lucha justa», se ha oído decir.

Así, los opositores al proyecto minero Tía María, de la empresa Southern Perú, anuncian una nueva protesta para el próximo jueves 14. La Federación de Trabajadores de Arequipa (FDTA), la central sindical que agrupa a los principales sindicatos de la ciudad, ha anunciado su apoyo.

Paso a la clandestinidad

protesta Tía María

Dado que el colegiado dictó órdenes de captura para que los condenados cumplan prisión provisional hasta que la sentencia quede consentida, han pasado a la clandestinidad. Así lo confirmó su abogado, Héctor Herrera Herrera, quien anunció que presentará un recurso de nulidad a la resolución. De no prosperar su pedido, anunció un Hábeas Corpus al considerar excesiva la medida de cárcel en tanto la sala superior, confirme o revoque la sentencia de primera instancia.

Herrera dijo que, normalmente, la orden de prisión se hace efectiva si la sentencia es confirmada en una segunda instancia, lo que no ha ocurrido en este caso. También criticó el hecho que los jueces sentenciaran a sus defendidos (Jesús Cornejo y Jaime de la Cruz), por los delitos accesorios que planteó la fiscal; no así por los principales en los que centró su defensa, que quedaron desestimados: Asociación Ilícita para Delinquir y Extorsión.

Añadió que los delitos de Entorpecimiento de los Servicios Públicos, disturbios y motín, no se han probado y solo existen testimonios en contra de sus defendidos. Al mencionar la figura de «no ejecutores», como se les ha calificado, comparó el conflicto con cualquier otra protesta. «Si es así, los líderes políticos que apoyaron o incentivaron las recientes protestas en el país deberían estar presos», dijo. «Los han sentenciado por ser dirigentes», concluyó.

Extorsión a Southern Perú

Pepe Julio Gutierrez.
Pepe Julio Gutiérrez.

En cuanto a Pepe Julio Gutiérrez, condenado a 16 años de prisión, Herrera Herrera aclaró que no patrocina su defensa; pero que siendo una actitud repudiable la que se refleja en los audios, el delito de extorsión que se le imputa, tampoco estaba probado.

Gutiérrez, quien ya purgó prisión preventiva por 2 años y nueve meses (que deberán descontarse de su pena) tampoco es habido. Su abogado, Vladimir Fuentes, dijo que no habla con él desde el día jueves, en que se dio lectura al anticipo de sentencia.

La fiscal del caso, María Alejandra Cabana Ocsa, tampoco está conforme con la sentencia y estudia una apelación. Insistiría en la tesis de la Asociación Ilícita para delinquir en la que comprendió a 17 personas. Catorce de ellas fueron absueltas, entre los que se incluye a los exalcaldes Richard Ale, José Ramos Carrera y Hélard Valencia. También al dirigente popular Jorge del Carpio Lazo y al propio abogado Héctor Herrera.

También fue absuelto del cargo de cómplice primario en el intento de extorsión a Southern, el abogado Jesús Gómez Urquizo, quien grabó conversaciones con Pepe Julio Gutiérrez que ahora sirven para incriminarlo.

Criminalizar la protesta

El abogado Herrera y los otros abogados de la defensa en esta causa, coincidieron en que la dura sentencia para los 3 dirigentes, estaría destinada a desalentar nuevas protestas contra Tía María. Según esta postura, los dirigentes no pueden ser responsables de todos los actos que ocurran en el transcurso de la protesta. En el caso concreto, señalan que no se ha probado la relación de los actos denunciados con los condenados. Es decir, rechazan la responsabilidad «no ejecutora», pues tendría qu probase objetivamente que ellos dieron las órdenes par la realización de disturbios o daños a la propiedad pública.

«Una protesta es un derecho y no quiebra la institucionalidad ni el Estado de Derecho», afirman.

Hitos del conflicto por Tía María

2009: Consulta popular promovida por el entonces alcalde de Cocachacra, Juan Guillén. El resultado fue abrumador en contra de la instalación de Tía María, pero al no existir una norma clara, fue desestimada por las entidades de gobierno.

2010: Se presenta el primer Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Tía María.

2011: Estalla el conflicto y los enfrentamientos producen 3 muertes. La agitación termina cuando el gobierno accede a rechazar el EIA, luego de conocerse que la UNOPS hizo 138 al documento.

2014: La empresa Southern Perú presenta su segundo Estudio de Impacto Ambiental, enfatizando que no hará uso de agua subterránea ni del río; sino que instalará una planta desalinizadora del agua de mar.

2015: Al conocerse la aprobación de este segundo documento, se anuncia una paralización del agro, que inicia en marzo de ese año. Tres manifestantes y un policía mueren en los enfrentamientos. La protesta termina con la Declaratoria del Estado de Emergencia en la provincia de Islay y el ingreso de las Fuerzas Armadas al escenario. Días antes, se conocieron las conversaciones entre Pepe Julio Gutiérrez y Jesús Gómez Urquizo, por lo que el primero es detenido por la policía.

2016: El expresidente Pedro Pablo Kuczynski intenta un acercamiento, pero la población rechazó la aproximación.

2019: El Ministerio de Energía y Minas otorga a Southern Perú la licencia de construcción para el proyecto Tía María, lo que enciende nuevamente el conflicto y se reanudan los enfrentamientos en Cocachacra. El gobierno declara una suspensión temporal de la licencia y Southern anuncia que esperarán momentos más propicios.

2021: Dirigentes de la protesta son condenados a penas de cárcel por los delitos de disturbios, motín y entorpecimiento de servicios públicos.

Fuente; El Buho

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